Colegiación

Colegiación de profesionales extranjeros en España

Un profesional con una cualificación obtenida fuera de España puede necesitar realizar trámites previos antes de acceder a una profesión regulada. No existe un único procedimiento para todas las profesiones ni para todos los países de origen.

Guía actualizada · Agosto de 2026

Si la titulación procede de la Unión Europea

El Real Decreto 581/2017 regula el reconocimiento en España de cualificaciones profesionales obtenidas en otros Estados miembros para acceder y ejercer profesiones reguladas.

  • Reconocimiento automático en determinados casos.
  • Régimen general.
  • Requisitos específicos.
  • Tarjeta profesional europea en determinados supuestos.

Primer paso: comprobar si la profesión está regulada

La Unión Europea mantiene una base de datos de profesiones reguladas.

Una profesión regulada puede exigir titulación, pruebas o inscripción en un organismo profesional.

Después del reconocimiento

Si la profesión exige además colegiación en España, deberá tramitarse la incorporación al colegio correspondiente.

Reconocimiento de cualificaciones y colegiación son trámites conceptualmente distintos.

Titulaciones de fuera de la Unión Europea

Pueden estar sometidas a procedimientos diferentes de homologación, equivalencia o reconocimiento según la profesión y titulación.

No debe extrapolarse automáticamente el procedimiento europeo a titulaciones obtenidas fuera de la Unión Europea.

Directorio profesional

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Documentación

Fuentes y referencias oficiales

Información actualizada: agosto de 2026.

Esta guía tiene carácter informativo. Los requisitos pueden variar según la profesión, territorio y normativa aplicable. Para realizar un trámite, consulta siempre la normativa vigente y el colegio profesional correspondiente.